martes, 12 de abril de 2011

PERMUTA DE INCUMPLIMIENTO CREDITICIO


Una permuta de incumplimiento crediticio (también conocida por su término en inglés, credit default swap o CDS) es una operación financiera de cobertura de riesgos, incluida dentro de los derivados de crédito que se materializa mediante un contrato de swap sobre un determinado instrumento de crédito (normalmente un bono o un préstamo) en el que el comprador de la permuta realiza una serie de pagos periódicos al vendedor y a cambio recibe de éste una cantidad de dinero en caso de que el título que sirve de activo subyacente al contrato sea impagado a su vencimiento o la entidad emisora incurra en incumplimiento de pagos.

Es decir, para que nos entendamos todos los CDS no dejan de ser un contrato de seguro, en donde a cambio de pagar una prima, el tenedor de un crédito puede asegurarse ante el riesgo de impago de un crédito que haya concedido.

Características

  •  Las permutas de incumplimiento crediticio son productos negociados Over The Counter (OTC), lo que significa que no son objeto de negociación en un mercado oficial organizado, son contratos hechos a la medida de las dos partes contratantes.
  •  Los denominados activos subyacentes sobre los que se emite una de estas permutas son cualquier préstamo o título de deuda como una obligación o un bono, tanto de carácter privado como público.
  • Se denomina entidad de referencia a organización o empresa emisora de los títulos subyacentes.
  • No existe una regulación sobre estas operaciones en casi ningún país.
  • La finalidad teórica principal de las permutas de incumplimiento crediticio es servir como seguro para el poseedor de un título de deuda que quiere cubrirse del posible riesgo de crédito (básicamente impago) del mismo, para ello acude a un vendedor de permutas de incumplimiento crediticio, le paga una prima anual, y en caso de impago el vendedor responde pagando el importe del título al poseedor.
  • Aunque la permutas de incumplimiento crediticio tenga en común algunos elementos con las operaciones de seguro, no son regulados dentro de las actividades de seguro y así las entidades vendedoras no tiene que cumplir ninguna de las normas de solvencia ni de reservas que regulan el ejercicio de la actividad aseguradora, existiendo un mayor riesgo de contraparte o incumplimiento que en los contratos de seguros regulados como tales.
  • Se denominan permutas de incumplimiento crediticio en descubierto (o naked CDS) a aquellos casos en que alguien suscribe un contrato de permutas de incumplimiento crediticio sin ser poseedor de ningún título de los que quiere asegurar. En estos casos la finalidad de la operación es la especulación sobre la evolución de los subyacentes y puede llegar a producirse el caso paradójico de que se emitan más permutas de incumplimiento crediticio que títulos existentes. Por ejemplo se realiza una emisión de 1.000 bonos y sin embargo existan 20.000 permutas de incumplimiento crediticio, contratos de seguros sobre esos bonos.
  • Como en todos los contratos de swaps, la liquidación se puede realizar con la permuta o liquidación física, el comprador entrega los bonos al vendedor, éste paga al comprador la cantidad fijada. La segunda forma denominada liquidación por diferencias, consiste en que el vendedor sólo paga al comprador la pérdida de valor de los títulos.


No os quiero asustar pero os pongo un interesante gráfico publicado por el New York Times donde compara el tamaño del mercado de CDS con el de la bolsa norteamericana, el de deudas hipotecarias o el de bonos del tesoro.

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Uso especulativo de las permutas de incumplimiento crediticio

Las permutas de incumplimiento crediticio son objeto de debate, en la crisis financiera de 2008, al haber sido utilizados como instrumentos de ataque a la deuda pública de algunos países como es el caso de Grecia, en 2010 y también fueron responsables de la caída en 2008 de la empresa norteamericana American International Group (AIG). Algunos dirigentes europeos como la canciller alemana Angela Merkel se han mostrado partidarios de prohibir en la Unión Europea y en el G20 las permutas de incumplimiento crediticio que pueden ser utilizados de forma especulativa para apostar contra los estados.
En la crisis de los mercados financieros (2008-2010), la evolución de los CDS de las empresas y de los paises, han sido continuamente mencionados en los titulares de la prensa generalista y especializada. Pero siempre ha habido dudas sobre su importancia en términos del volumen contratado y emitido. A raíz de una publicación en Financial Times, hemos sabido como el volumen total emitido en permutas de incumplimiento crediticio, no el contratado diariamente que es obviamente mucho menor, de varios países es más bien insignificante en relación por ejemplo el volumen total de deuda pública emitida por ese mismo país. La operación habitual de un gestor de inversiones es comprar Deuda de un país y cubrirte comprando permutas de incumplimiento crediticio. Por ejemplo, en Grecia solo supone un 2% del total de deuda emitida, en Portugal un 4%, en España las permutas de incumplimiento crediticio vivos apenas alcanzan el 1,7% del total del mercado de deuda y en Inglaterra apenas el 0,4%. Solo en Rusia suponen el 6,4%, el más elevado aunque nada importante.



BASILEA III



Gobernadores de bancos centrales y reguladores cerraron un acuerdo que forzará a los bancos a más que triplicar, al 7%, su capital de calidad, para poder resistir sacudidas financieras sin ayuda estatal al cual bautizaron como Basilea III.
Se espera que los líderes del Grupo de 20 (G20) economías emergentes y desarrolladas, que pidieron la reforma, aprueben en noviembre el paquete de medidas.
Las siguientes son algunas de las medidas que se acordaron:

Capital estructural (Tier 1)


Se refiere a las reservas básicas de capital de un banco, calculadas según el riesgo de los activos que tiene en sus libros.
Nuevo: Bajo Basilea III, el ratio de capital total estructural Tier 1 se fija en 6%, con un capital central Tier 1 de 4.5 por ciento.
La implementación de las reglas de nuevo capital estructural comenzará en enero del 2013. Las normas estarán plenamente en vigencia en enero del 2015.
Actual: A los bancos se les exige tener un ratio de capital estructural de 4% y sólo la mitad, o 2%, corresponde a capital estructural "esencial" o capital de calidad en forma de ganancias retenidas o acciones.

Colchón de conservación


Nuevo: Basilea III introduce un colchón de conservación de capital de 2.5% que se suma al capital estructural Tier 1.
Cualquier banco que no cumpla con este amortiguador se enfrenta restricciones de supervisores en pagos como dividendos, recompras de acciones y bonos a ejecutivos.
El nuevo colchón tendrá que estar compuesto de acciones comunes. El colchón será introducido paulatinamente desde enero del 2016 y estará en vigor en enero del 2019.
Actual: En este momento no hay un colchón de conservación de capital.

Colchón de capital


Nuevo: Este nuevo colchón se establece entre el 0 y el 2.5% en acciones comunes u otro capital capaz de absorber pérdidas.
El objetivo del colchón es forzar a los bancos a tener un respaldo adicional cuando los supervisores vean un crédito excesivo en el sistema que amenace con generar morosidad.
Actual: No existe un estándar mundial sobre este tipo de respaldo.

Ratio de apalancamiento


Se apunta por primera vez a limitar el apalancamiento en el sector bancario mundial.
Se pondrá a prueba un ratio de apalancamiento de 3% Tier 1 -o que el balance no pueda exceder en 33 veces el capital estructural- antes de introducir un ratio de apalancamiento obligatorio en enero del 2018.

Liquidez


La primera serie mundial de requisitos de liquidez común busca asegurar que los bancos cuentan con suficiente efectivo o equivalentes de efectivo para salir del apuro de un golpe muy severo de corto plazo y de condiciones menos severas en el mediano a largo plazo.
El colchón de liquidez de corto plazo sería principalmente deuda soberana de alta calidad, aunque incluiría también deuda corporativa de alta calidad.

BASILEA III EN ESPAÑA
El Banco de España valoró positivamente la revisión de las normas de solvencia bancaria al considerar que los nuevos requerimientos de capital se han planteado para evitar nuevas crisis financieras, permiten la existencia de bancos más fuertes y sólidos y despejan las incertidumbres que se planteaban en el sector sobre ellas.
En la reunión en Basilea, a la que asistió el gobernador del Banco de España, Miguel Ángel Fernández Ordóñez, se han adoptado medidas “positivas” y satisfactorias, según el supervisor. Los bancos españoles no tendrán que realizar, con carácter general, grandes esfuerzos de adaptación.

CONSECUENCIAS

1. Las nuevas normas aprobadas ayer se deberán aplicar gradualmente en un calendario que comienza en 2013 y termina en 2018.

2. Las reformas no sólo aumentan las exigencias de capital para las entidades, sino que endurece la definición de lo que se considera Tier 1.

3. El presidente del Banco Central calificó el acuerdo de “endurecimiento fundamental de los requisitos... que contribuirá a la estabilidad financiera”.

4. El Banco de España aplaudió las medidas aprobadas en la reunión de Basilea a la que asistió el gobernador de esta institución.

5. Los bancos españoles no tendrán que realizar por lo general grandes esfuerzos de adaptación para cumplir las nuevas reglas marcadas por Basilea III.

Y por último aquí os dejo un vídeo que nos explica mejor que es esto de Basilea III.


SPLIT DE ACCIONES

Un stock split consiste en el desdoblamiento (split) de las acciones de una empresa cotizada (stock, más conocido simplemente como Split). La decisión de realizar un split es voluntaria por parte de la entidad que emite las acciones, basta con comunicarlo a la Junta de accionista y a la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores).
A finales de los 90, cuando el Ibex-35 registró un alza espectacular, surgió la moda de los splits, para muchos un sistema que guarda relación muy estrecha con los tiempos de bonanza económica. Los estudiosos coinciden en que un split está relacionado con el comportamiento de los precios de cotización en las Bolsas, de los títulos de una compañía. Cuando dicho precio alcanza valores considerados altos, puede resultar aconsejable desdoblar el número de acciones en circulación, manteniendo el valor total de capitalización, lo cual implica adaptar el valor nominal de cada título a la proporción del incremento de las acciones. Por lo tanto, con los mercados a la baja, tal fenómeno desaparece.

Según las conclusiones de un análisis realizado por el Servicio de Estudios de la Bolsa de Barcelona, estas operaciones de desdoblamiento de acciones, implican para muchos un mayor riesgo. El texto analiza una muestra de operaciones de empresas de ocho sectores de entre los 112 ‘splits’ que se han realizado en las bolsas españolas entre 1999 y 2007. La Bolsa de Barcelona ya realizó un estudio de este tipo en 1997, aunque sin resultados concluyentes por la falta de una muestra representativa.
Para los analistas, un split no tiene consecuencias económico-financieras. No altera la cifra de recursos generados, no afecta a los beneficios del emisor, ni implica ningún efecto sobre el grado de endeudamiento, tampoco afecta a los derechos de los acreedores u obligacionistas que pudieran haber. Un split también supone un mensaje explícito a los mercados financieros de que la sociedad que lo realiza goza en esos momentos de magníficas expectativas y nuevas y buenas oportunidades. Asimismo, la experiencia ha demostrado que tras un split, el valor bursátil de la compañía ha crecido con relación al de antes de esa operación.
  El fraccionamiento de una acción,Split, digamos 2-por-1, ocurre cuando la compañía decide emitir una         acción adicional por cada una de las que ya existen. Si este es el caso, el número de títulos se duplica aunque el valor de capitalización total de la compañía no cambia. O sea si la acción valía US$80 antes, ahora su precio será de US$40. Y el que poseía una acción, ahora tendrá dos. Los fraccionamientos ordinarios (ordinary splits) suelen ser de 2-1; 3-1; 3-2, aunque también pueden darse en otra proporción, según lo que determine la empresa.

Si se produce un split 3-2, cada accionista adquirirá un título adicional por cada dos que posea. Este fraccionamiento también se conoce como split del 50%, porque en realidad cada accionista incrementa en esa proporción el número de sus acciones. De cualquier manera, cuando tiene efecto un split, el valor neto de los activos de la empresa no aumenta, sólo el número de acciones emitidas, y cada accionista pasa a ser propietario de un número mayor de acciones que representan un valor equivalente al que anteriormente poseía en la compañía.


Una empresa también puede decidir hacer un split a la inversa, o sea, reducir el número de acciones actuales en determinada proporción. En inglés se le conoce como reverse split. Por ejemplo, si una acción con un valor de US$5 sufre un split 1-5, en lo adelante por cada cinco acciones se poseerá sólo una nueva, con un valor de US$25. Este tipo de fraccionamiento suele ocurrir cuando una compañía determina dar a sus acciones la imagen de títulos mejor evaluados o también puede responder al propósito de eliminar a la mínima expresión la cantidad de accionistas muy pequeños.

Aunque en teoría un split ordinario no representa ninguna variación de valor para los propietarios de acciones, en la práctica esta escisión puede dar lugar a que el precio de las nuevas acciones suba, en virtud de que una mayor cantidad de inversionistas pueden verse tentados a comprarla por el precio más bajo que ostenta ahora la acción.

Esto explica por qué algunas compañías se sienten tentadas a declarar un split ordinario cuando llegan a percibir que el precio de su acción se ha elevado más allá de lo que algunos inversionistas privados están dispuestos a pagar por ella.

Si damos por sentado que normalmente las acciones se compran y venden por centenares, en el caso de una compañía cuyas acciones llegan por ejemplo a ser cotizadas en US$100, el que quiera adquirir un centenar de ellas debe disponer de US$10.000. Si la compañía decide hacer un split 2-1, esa suma se reduce a la mitad. En síntesis, el nuevo precio de las acciones las hace más asequibles, sobre todo para los inversionistas pequeños o individuales.



Por regla general, el anuncio de que se va a realizar un split es hecho por los emisores con varias semanas de anticipación a la fecha en que se hará efectivo. Algunos web sites ofrecen información por Internet sobre splits que históricamente han sido realizados por compañías públicas en Estados Unidos, y aquellos que tendrán efecto en un futuro próximo. He aquí algunos de ellos:

NORDBY
E-ANALYTICS
STREET WATCH

OPA

Una OPA es cuando una persona (oferente), física o jurídica, pretende adquirir acciones (u otros valores que puedan dar derecho a suscripción o adquisición de éstas) de una sociedad (sociedad afectada), cuyo capital esté en todo o en parte admitido a negociación en bolsa de valores, a un determinado precio o contraprestación. Generalmente este precio es superior al de mercado, y el fin es obtener una participación significativa en el capital con derecho de voto de la sociedad.
 
La OPA es una operación basada en la transparencia para garantizar el principio de igualdad de trato de todos los accionistas, en especial en aquellas operaciones en las que el oferente tiene acuerdos con determinados accionistas de la sociedad afectada para la adquisición de sus participaciones.

Como valores que puedan dar derecho a suscripción o adquisición de acciones, se encuentran los derechos de suscripción, las obligaciones convertibles, warrants o similares.

Con el objetivo principal de proteger a los pequeños accionistas, la legislación actual española obliga a formular una OPA en diferentes supuestos, de los que mencionamos los siguientes:
• Cuando se pretenda obtener una participación que iguale o supere el 25% o el 50% del capital social de la compañía afectada, respectivamente.
• Cuando un accionista que mantiene más del 50% de los votos, pretenda modificar los estatutos de manera significativa.
• Cuando se pretende una reducción de capital mediante la adquisición de acciones propias para su amortización.
• Para excluir a una sociedad de cotización (OPA de exclusión).


Una OPA puede ser amistosa u hostil, según haya acuerdos o no entre la sociedad Oferente, y los administradores y la dirección de la sociedad afectada.  Algunas sociedades, para evitar una posible OPA hostil, establecen en sus estatutos restricciones de voto o de elección de administradores. Para el accionista minoritario es importante observar estas medidas anti-OPA si existieran, pues en determinadas circunstancias pueden lesionar sus intereses.
Una vez formulada una OPA, otros interesados en adquirir una participación significativa de la empresa afectada podrían formular OPAs competidoras, que lógicamente habrán de mejorar las condiciones de la oferta inicial. Una vez formulada la OPA competidora, el primer oferente podrá modificar sus condiciones mejorando su primera oferta.

La formulación de una OPA puede tener resultado positivo o negativo para la Sociedad Oferente, según se alcance o no el número de valores al que se hubiera condicionado la oferta. Si la OPA no se ha realizado sobre todas las acciones y las aceptaciones superan en conjunto el máximo de la oferta, se realiza un prorrateo entre todos los accionistas que la aceptaron.

Una OPA de exclusión es una oferta que la sociedad realiza a sus propios accionistas, con la finalidad de dejar de cotizar en bolsa. La exclusión de cotización supone la pérdida de liquidez de éstas, por tanto la última oportunidad para los accionistas de vender sus acciones en el mercado antes de que pertenezcan a una compañía no cotizada. En esta modalidad de OPAs el precio requiere la autorización expresa de la CNMV, y para establecer un precio justo, la Sociedad debe aportar una valoración de un experto independiente.
La contraprestación de una OPA puede ser dinero, canje de acciones, o ambas cosas a la vez. Sólo en el caso de OPAs de exclusión, la contraprestación ha de ser siempre en efectivo.

Una vez formulada la OPA, la Sociedad Oferente está obligada a registrar en la CNMV un Folleto Explicativo de la operación. En él se facilita toda la información necesaria y relevante sobre la misma, y en el caso de ofertas con canje, las características de los valores ofrecidos a cambio, su proporción y la justificación de la ecuación de canje propuesta.

Igualmente, en el folleto podrá encontrar información económica y societaria sobre el oferente y su grupo. En su caso, la descripción de los acuerdos entre el oferente y determinados accionistas y/o administradores de la sociedad afectada. También se indica el porcentaje de capital susceptible de acudir a la oferta, los plazos de aceptación, la forma de financiación de la operación, la incidencia de la financiación sobre los activos, y el endeudamiento y los resultados de ambas sociedades.

Además se informa de la finalidad de la adquisición e intenciones de la adquirente sobre la actividad futura de la afectada; estrategias conjuntas, sinergias industriales y comerciales que evidencian el interés de la operación, modificaciones estatutarias, información sobre el equipo directivo, iniciativas con respecto a la cotización de la Sociedad afectada, etc…

TIPOS DE OPA

Las opas reciben distintas denominaciones, según su finalidad y características:

  •          Opas obligatorias/ opas voluntarias: la legislación establece determinados supuestos en los que es obligatorio lanzar una opa (toma de control, exclusión y reducción de capital). Las opas obligatorias se presentan por el 100% de las acciones de la compañía a un precio equitativo y no pueden estar sujetas a condición alguna. Las opas voluntarias no están sujetas a requisitos legales de precio o numero de acciones y el oferente si puede establecer condiciones.
  •      Opas por toma de control: tienen como finalidad permitir a los accionistas de la sociedad opada vender sus acciones a un precio equitativo, una vez que la sociedad oferente tiene el control de la sociedad opada.
  •          Opa competidora: cuando la oferta afecta a valores sobre los que ya se ha presentado otra opa cuyo plazo de aceptación aún no ha finalizado.
  •          Opa de exclusión: tienen como objetivo permitir a los accionistas vender sis acciones antes de que la compañía deje de cotizar en bolsa, en este tipo de opas la contraprestación será siempre dinero.